29 de marzo de 2023

RENTA-GUÍA (V) ¿CÓMO ACCEDER AL BORRADOR DE LA RENTA Y/O A LOS DATOS FISCALES?

 

 

¿Qué necesitamos para presentar la declaración de la renta?

En este artículo hacemos referencia a las cuestiones técnicas, si seguís avanzando en esta guía descubriréis que puede ser infinita la documentación que necesitemos para poder hacer la declaración como es debido. Pero aquí solamente hacemos referencia a los elementos que necesitamos para poder acceder al trámite como tal.

 Las vías son diversas:

  1. Certificado digital o Clave Pin: En nuestra opinión es la mejor de las opciones, sobre todo el Certificado Digital. No suele dar problemas, da igual que el año pasado presentaras declaración o no y lo puedes hacer sin tener que andar apuntando números de referencia.
  2.  Número de Referencia: En primer lugar, tenemos que conseguir ese nº de referencia. Dicho número se obtiene por dos vías. Para la primera necesitamos el importe de la casilla 505 de la declaración de la renta inmediatamente anterior a la que estamos presentando. Por ejemplo, si queremos presentar la declaración del año 2022 necesitaremos la declaración del año 2021 para obtener dicho importe. En el caso de que el año anterior no presentáramos la declaración nos bastará con el número de una cuenta bancaria donde figuremos como titulares. Importante, el número de referencia que obtengamos un año nos servirá únicamente para ese año. Si es este el método que escogemos tendremos que solicitar todos los años un número distinto.
  3. Colaborador Social: Está opción solamente está disponible para los profesionales que presentamos las declaraciones de otras personas. 

Número de referencia y datos fiscales

Desde hace unos días están disponibles las herramientas que nos permiten por un lado obtener nuestro número de referencia y por el otro, consultar nuestros datos fiscales y ratificar nuestro domicilio fiscal.

En primer lugar, el nº de referencia nos va a servir de poco ahora mismo (cuando queramos presentar la declaración si nos puede ser indispensable) puesto que con él solamente podremos acceder a los datos fiscales lo cual, como ahora veremos, no es excesivamente útil.

Respecto al numero de referencia, hay una cuestión que queremos citar ya que consideramos fundamental. Es muy sencillo de conseguir, quizás, demasiado. Más arriba hemos explicado los datos necesarios para poder obtenerlo y si los meditamos un poco son datos de muy fácil acceso, no son datos públicos como tal pero si son datos que personas con las que tengamos cierta relación podrían tener. Y si tienen esos datos podrían, por lo tanto, obtener el número de referencia y presentar la declaración en nuestro nombre. Os presentamos el siguiente ejemplo de lo peligroso que puede ser esto, matrimonio en proceso de divorcio, aún no hay sentencia de divorcio como tal, ella ostenta un alto puesto directivo (con su correspondiente buen sueldo) mientras que él ha dedicado los últimos  años de su vida a los cuidados y atenciones de los hijos que tienen en común. Él ha estado un tanto desentendido estos últimos años de sus obligaciones fiscales, siendo ella la encargada de presentar la declaración de la renta. A pesar de no haber sentencia de divorcio la relación ha expirado totalmente y como ella ha sido la encargada de presentar las declaraciones de los años anteriores tiene en su poder la casilla 505 del año pasado de él y dado que le es mucho más ventajoso, presenta en nombre de los dos, sin aviso de ningún tipo, las dos declaraciones en modalidad conjunta. Él lo descubre cuando quiere proceder a presentar su declaración. Esto puede conllevar grandes riesgos.

¿Se puede evitar que alguien presente la declaración de la renta en tu nombre?

En parte si, la opción de obtener el número de referencia mediante cuenta bancaria no se puede inhabilitar, pero la de la obtención mediante la casilla 505 sí. Para ello deberemos acceder al portal de la Agencia Tributaria mediante el siguiente enlace: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/gestiones-irpf.html y clic-ar en el apartado que aquí os indicamos.

Una vez sigamos todos los pasos habremos inhabilitado totalmente este modo de acceso al número de referencia. Solamente recordad, si en un futuro quisiéramos habilitar de nuevo esta opción tendríamos que personarnos físicamente en Hacienda para hacerlo, aquí no está permitido el trámite vía web.

Respecto a los datos fiscales, en ellos se nos mostrará los datos que Hacienda tiene sobre nosotros y que en parte serán la base para nuestra declaración de la renta. Por ejemplo, podremos ver cuanto hemos cobrado, cuanto se nos ha retenido y a que tipo de rendimientos corresponden los pagos (Actividades económicas, actividades profesionales, etc.)

Aquí os dejamos el enlace para acceder a los datos fiscales y obtener el nº de referencia:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/renta-ayuda-tecnica/consulta-datos-fiscales-on-line.html

 

 

Adrián Flores

Asesor fiscal en EconomiTax

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