26 de enero de 2023

NUEVAS CUOTAS DE AUTÓNOMOS 2023

COVID-19. La Seguridad Social aclara dudas sobre la prestación  extraordinaria por cese de actividad de los autónomos

 

Este 1 de enero de 2023 ha entrado en funcionamiento el nuevo sistema de cotización de los trabajadores autónomos, comúnmente conocido como la Cuota de Autónomos.  La novedad principal de este sistema consiste en que desde ahora las cuotas se calcularan en base a unos supuestos ingresos reales.

 ¿Qué significa cálculo por ingresos reales?

Antes de poder explicar las características de este nuevo método de cálculo hay que revisar, brevemente, de donde venimos.  Actualmente las cuotas y sus correspondientes bases de cotización eran, por así decirlo, de libre elección (Siempre partiendo desde una base y una cuota mínima). Por lo que se podían dar situaciones como que nosotros facturásemos 50.000€ al año y nuestro vecino 1.000€ pero que todos los meses pagáramos lo mismo en concepto de Seguridad Social. Esta libertad de cuota permitía a los autónomos, por ejemplo, “jugar” con su futura pensión de jubilación. En sus manos estaba contribuir en mayor o menor medida al plan público y por lo tanto, su pensión en un futuro fuera superior. O por el contrario, destinar esas cuantías a otro tipo de planes de previsión o inversión que complementaran su prestación pública y que tras su retiro, su pensión fuera más reducida pero contara con otras fuentes de ingresos posiblemente más rentable.

Todo esto es historia, el nuevo método es mucho más dinámico y por otro lado nos resta a los trabajadores autónomos mucha liberta de elección.

 

El cálculo de la cuota se realizará de la siguiente manera:

De este método de calculo publicado por la propia Seguridad Social hay un término que hay que explicar y otro que consideramos que no tiene explicación.

El término a explicar es “Rendimiento Neto”, este será el resultado de restar a todos los ingresos todos los gastos. Con todos los ingresos entendemos que por ejemplo, en el caso de un autónomo societario serían tanto los ingresos vía nómina como los ingresos vía dividendos. Pero con todos los gastos, por el contrario, solamente los gastos que Hacienda considere fiscalmente deducibles. Hasta aquí todo relativamente normal.

Pero el punto que consideramos imposible de explicar es el de SUMAR las cuotas de seguridad social. Dichas cuotas son un gasto bajo cualquier punto de vista mínimamente razonables. Por lo tanto, consideramos fuera de cualquier lógica el hecho de que en vez de minorar nuestro rendimiento neto lo INCREMENTE. La única posible causa es la de que la Seguridad Social quiera inflar nuestras bases de cotización para así, de una manera un tanto, poco ética, obligarnos a pagar más en forma de cuotas.

La clave de este sistema consiste en que el cálculo hay que realizarlo, al menos, dos veces al año. Una vez, antes de que este comience, haciendo cada uno una estimación de cuáles serán nuestros ingresos y gastos, y otra, la realmente importante, a posteriori, con los resultados reales de nuestro ejercicio fiscal. De tal manera, durante el año estaremos pagando unas cuotas en base a unas estimaciones y una vez el año termine se nos realizará un ajuste entre lo que hemos ido abonando y cual debería de haber sido nuestra cuota real en base a los resultados que hemos presentado. Pongamos un ejemplo para intentar arrojar algo de luz (utilizaremos las cuotas mínimas de cada tramo de cotización).

María, electricista, tributa en el IRPF por estimación directa. Según su previsión en el año 2023 va obtener unos ingresos netos de 2.000€ mensuales, por lo tanto, su cuota mensual a la seguridad social será de 321.18€/mes. Una vez terminado el año se da cuenta de que sus estimaciones estaban erradas y ha conseguido unos rendimientos netos de 3.500€ mensuales lo que le habría supuesto unas cuotas de 377.25€/mes. Esto implica que ha pagado (321.18x12 – 377.25x12) 672.84€ de menos, los cuales le serán cobrados.

Además de los cálculos mencionados más arriba también hay que mencionar que la seguridad social va a permitir hasta seis cambios al año de base. Por lo que si durante el año vemos que nuestros ingresos o nuestros gastos están muy alejados de las estimaciones que habíamos hecho, podemos cambiar nuestra cuota para que al final del año nuestra diferencia sea lo menor posible.  

La efectividad de nuestras solicitudes de cambio se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes periodos impuestos por la Seguridad Social:

¿Y la tarifa plana de autónomos sufre modificación?

Además, contábamos con una mal llamada “Tarifa Plana” para los nuevos emprendedores. Dicha tarifa también se ha modificado. Hasta diciembre del año pasado los nuevos autónomos empezaban pagando 60€ los cuales se iban incrementando periódicamente hasta llegar a la cuota “normal”. Pero desde enero de este año las cuotas del primer ejercicio serán de 80€ cada una y solo se podrá prolongar esta “bonificación” un año más en el supuesto de que los ingresos del autónomo sean inferiores al SMI.  

Pero tranquilos, todos aquellos que estuvieran dados de alta antes del 31 de diciembre de 2022 podrán seguir acogidos a la bonificación antigua.

Todavía no nos consta nada en firme, pero hay Comunidades Autónomas donde sus gobiernos autonómicos han anunciado la bonificación total de estas primeras cuotas. El funcionamiento parece ser que consistirá en que el autónomo pagará la cuota y posteriormente le será devuelta vía subvención.

Lo importante. ¿Al final cuánto vamos a pagar?

Por este sistema es realmente muy difícil de calcular en la gran mayoría de los casos. A continuación, os dejamos una tabla donde indicamos las horquillas de cotización y su cuota mínima en función de los rendimientos netos que obtengamos.

También, os facilitamos el enlace de la web de la Seguridad Social donde hay una calculadora que nos facilitará de manera más exacta nuestras cuotas:

https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/tramites/simuladorRETAPublico

Reflexión acerca de las nuevas cuotas de autónomos

Hacienda ha querido llamar y vender este nuevo método como “ingresos reales” pero a nuestro entender no lo es.

Para empezar, ingresos y rendimientos no son sinónimos para calcular  los segundos se utilizan los primeros, cierto, pero difícilmente van a coincidir. Por lo tanto, ya se está cometiendo un error de forma. Un error intencionado.

Para llegar a obtener una cifra que se pueda denominar rendimiento neto tenemos que descontar unos gastos, gastos que van a pasar por dos filtros para poder ser aceptados. El primero, el de la omnipresente y arbitraria Agencia Tributaria. Puesto que solo podemos considerar los gastos que esta considere deducibles y si esta criba no era suficiente, la Seguridad Social nos dice que su cuota, la que le abonamos a ella, tampoco la podemos considerar como un gasto, SINSENTIDO NACHOVIDALIANO (tomando prestada la expresión del grandísimo @Sr_Fonseca), no nos la cobren y no lo será.  

Y por último, justifican este método, bautizándolo como de “”Ingresos”” “”REALES”” pero obvian todos los autónomos que obtengan unos rendimientos netos inferiores a 670€, incluidos los que tengan rendimientos negativos, puesto que van a pagar una cuota en base a unos ingresos que no son los suyos. ¿No deberían de haber empezado la tabla anterior con cuotas cero para aquellos que presenten perdidas?

Volviendo a nuestro ejemplo de antes, si nuestra amiga María tiene un mal año y su rendimiento mensual es de 400€ no va a pagar una cuota calculada en base a esos 400€ sino en base a unos ingresos reales impuestos de 670€.

¿Hablaban de realidad?

Adrián Flores

Asesor fiscal en EconomiTax

¿Alguna duda sobre este artículo? ¿Necesitas un asesor fiscal online que te ayude? ¡Contacta sin compromiso ahora!

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Te lo ponemos fácil para contactar

Por favor, activa JavaScript en tu navegador para completar este formulario.

644 652 977

En horario de oficina

info@economitax.com

Envíanos un e-mail

Asesoría fiscal online fácil y cómoda. Ofrecemos servicios para particulares, autónomos y empresas.
Economitax pertenece al grupo ADADE
envelopephone-handset
linkedin facebook pinterest youtube rss twitter instagram facebook-blank rss-blank linkedin-blank pinterest youtube twitter instagram