21 de noviembre de 2023

Modelo 347 para comunidades de propietarios

Es ese momento del año en el que comenzamos a recopilar información de nuestros proveedores y clientes para presentar correctamente el modelo 347 en la Agencia Tributaria. Pero, ¿en qué consiste esto y por qué es tan relevante? Permítanme explicarlo de manera sencilla y divertida.

¿Qué es el modelo 347 y por qué es importante?

El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar todas las Comunidades de Propietarios en régimen de propiedad horizontal, y esto incluye a muchas de las Comunidades que administramos. La obligación se estableció a partir del 1 de enero de 2014, según el Real Decreto 828/2013.

Antes, solo las Comunidades que desarrollaban actividades empresariales o profesionales estaban obligadas a presentar este modelo. Pero aquí viene la sorpresa: el arrendamiento se considera una actividad empresarial, lo que significa que las Comunidades que alquilan elementos comunitarios también están incluidas. Así que si tienen locales, fachadas, cubiertas, etc., alquilados, deben presentar el modelo 347, además de las declaraciones de IVA y el modelo 184.

¿Qué operaciones se deben declarar en el modelo 347?

No todas las operaciones con terceras personas deben incluirse en esta declaración. Solo aquellas que durante el año superen los 3.005,06 € (IVA incluido) deben ser declaradas. Esto incluye operaciones con albañiles, fontaneros, electricistas, empresas de mantenimiento de ascensores y más.

Así que es esencial llevar una contabilidad detallada y estar pendientes de aquellos proveedores que puedan facturar a la comunidad más de 3.005,06 € al año (IVA incluido).

¿Cómo se declara el modelo 347?

A diferencia de empresarios y profesionales, las Comunidades de Propietarios no tienen que suministrar información desglosada en trimestres. Solo es necesario declarar el cómputo anual. Además, las operaciones con retención o ingreso a cuenta no se deben incluir en este modelo, ya que se declaran en otros modelos específicos.

Excepciones en el modelo 347

Existen algunas excepciones importantes que no se deben declarar en el modelo 347, como las operaciones de suministro de energía eléctrica, suministro de agua para uso comunitario y seguros relacionados con zonas y elementos comunes. Además, el alquiler de inmuebles destinados a vivienda tampoco debe declararse en el modelo 347.

Plazo de presentación y sanciones

El plazo para presentar el modelo 347 se extiende durante el mes de febrero del año siguiente al que se refiere la declaración. No obstante, es importante destacar que existen sanciones por no presentar o presentar de manera incorrecta esta declaración, que van desde 300 € hasta 20.000 €.

Además, la Comunidad no podría ser beneficiaria de subvenciones o ayudas, al no estar al corriente con las obligaciones tributarias.

Conclusión

En resumen, la presentación correcta del modelo 347 es crucial para evitar problemas con Hacienda. Es por eso que cada vez más la Agencia Tributaria pone énfasis en el control de las Comunidades de Propietarios. Y aquí viene el consejo de oro: contar con los servicios de un Administrador de Fincas Colegiado, como los de EconómiTax Consultores, es fundamental. De hecho, el 20% de las Comunidades de Propietarios no están gestionadas por profesionales, lo que puede llevar a problemas en el cumplimiento de este modelo y otras obligaciones fiscales.

Por eso, les animamos a confiar en nosotros, a estar al día con sus obligaciones fiscales y a disfrutar de la tranquilidad que brinda el contar con expertos en la administración de fincas.

Recuerden, la clave para mantenerse al margen de problemas fiscales es la prevención y contar con profesionales que les guíen en el camino correcto. ¡En EconómiTax Consultores estamos aquí para ayudarles!

Esperamos que esta información les haya resultado útil y que, como siempre, estaremos encantados de responder a sus preguntas y ayudarles en lo que necesiten. ¡Hasta la próxima y que tengan un gran día.

Adrián Flores

Asesor fiscal en EconomiTax

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