¡Hola a todos, autónomos y emprendedores canarios! En EconómiTax Consultores sabemos que enfrentar el mundo del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) puede ser un desafío. Pero no te preocupes, estamos aquí para hacerlo fácil y hasta divertido. Vamos a sumergirnos en el intrigante mundo del IGIC en 2024 y desmitificar sus complejidades. ¿Listos? ¡Comencemos!
IGIC en 2024: Una Visión General
En este vibrante 2024, el IGIC sigue siendo protagonista en Canarias. Pero, ¿qué es realmente? El IGIC es como el gemelo del IVA, pero con un toque canario. Grava entregas de bienes, servicios y hasta importaciones. Nuestros autónomos canarios aplican un porcentaje a sus operaciones, restan lo que han pagado en compras y ¡listo!
Descubre los Tipos Impositivos Únicos del IGIC
Una gran ventaja del IGIC es la variedad de tipos impositivos, ¡nada que envidiar al IVA peninsular! Desde el 0% para ciertos productos hasta el 15% para artículos exclusivos. Además, ¿sabías que hay un tipo cero especial para paliar los efectos del volcán de La Palma?
Al detalle:
- Tipo cero de IGIC (0 %): Bienes y servicios de primera necesidad
- Tipo reducido de IGIC (3 %): Productos derivados de industrias textiles o químicas, suministros, etc.
- Tipo general de IGIC (7 %): Mayoría de productos y servicios
- Tipo incrementado de IGIC (9,5 %): Vehículos y medios de transporte
- Tipo incrementado de IGIC (13,5 %): Bebidas alcohólicas, perfumería, joyería y determinadas marcas de tabaco
- Tipo especial de IGIC (20 %): Resto de tabaco
Pero también hay exenciones:
- Los servicios postales
- La asistencia sanitaria
- La entrega de sangre
- La asistencia social
- La educación
- Los servicios prestados por entidades deportivas
- Las empresas culturales
- Las operaciones de seguro y reaseguro
- Las operaciones financieras y el comercio minorista
Además, si tus operaciones no superan los 30.000€ es posible que las operaciones estén exentas.
Obligaciones formales
Declaración Censal y Alta en el IGIC: Modelos 400 y 036
Antes de lanzarte al mundo empresarial, tu primera tarea es presentar la declaración censal del inicio de la actividad mediante el modelo 400 ante la Administración Tributaria Canaria. No olvides también completar el modelo 036 (o su versión simplificada, el 037) a nivel nacional. ¡Queremos que todo esté en orden desde el principio!
Modelo 036: Tu Compañero de Modificaciones y Ceses
El modelo 036 no solo sirve para el inicio, también es tu aliado para cualquier modificación o cese en tu actividad. Mantenlo actualizado para evitar sorpresas.
Liquidaciones Trimestrales: Modelos 420 y 421
Una vez que tu negocio está en marcha, llega el momento de las liquidaciones trimestrales. Usa el modelo 420 si estás en el régimen general o el modelo 421 si optaste por el régimen simplificado. EconómiTax Consultores te guiará para que esta tarea sea rápida y sencilla.
Calendario IGIC: Fechas de Presentación
¡No te preocupes por las fechas! Aquí tienes el calendario IGIC para que las marques en tu agenda:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero.
Deberes Adicionales: Resumen Anual y Declaración Informativa
Además de las liquidaciones trimestrales, hay dos deberes más en tu lista:
En enero (o el siguiente día hábil, si es inhábil), presenta el resumen anual del IGIC con el modelo 425.
En febrero, completa la declaración informativa del modelo 415, incluyendo a clientes y proveedores con operaciones anuales superiores a 3.006 €.
Recuerda, en EconómiTax Consultores, no somos lowcost porque somos los mejores. ¡Tu éxito es nuestro compromiso!
¡Hasta pronto, autónomos canarios!
Adrián Flores
Asesor fiscal en EconomiTax