Nos encontramos ante una ayuda que a pesar de ser ya conocida por muchos, este nuevo año además de verse prorrogada, se ven ampliados los potenciales beneficiarios que podrán solicitarla.
¿Para quién va dirigida la ayuda de 100 € por hijo?
La primera condición es que los progenitores para los que va dirigida esta ayuda son aquellos que tengan un hijo a cargo entre los 0 y los 3 años.
Además, tendrán que ser madres trabajadoras dadas de alta en la Seguridad Social, madres que se encuentren en situación de desempleo y que estén percibiendo prestación por esta causa, madres que su situación laboral sea la de trabajadora a media jornada o aquellas madres que tras el parto cotizaran al menos 30 días.
De igual forma, si los dos progenitores son del mismo sexo ambos tendrán derecho a la ayuda.
Y también, se pueden ver beneficiados los padres o tutores legales si la madre del menor ha fallecido. O si es el padre o tutor el que tenga la guarda y custodia en exclusividad.
¿Cómo se puede solicitar la ayuda de 100 € por hijo?
Son dos las vías:
1) Vía declaración de la renta: En la presentación de la misma la beneficiaria podrá restarle 1.200€ al resultado de su declaración de la renta. Para explicarlo con ejemplos, si el resultado de la declaración es de 200€ a pagar, Hacienda compensará y devolverá 1.000€. Y si el resultado de la declaración es 200€ a devolver, Hacienda devolverá 1.400€.
2) Modelo 140: Presentando dicho modelo en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. De esta manera la ayuda se abonará en forma de pagos mensuales de 100€
Para poder hacerlo de la manera más cómoda y fiable lo mejor es disponer de Certificado Electrónico o Clave PIN.
También es importante mencionar que esta ayuda se puede ver incrementada en otros mil euros al año para sufragar gastos de guardería.